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Publicado el Miércoles, 22 Agosto 2018 09:55

Para conocimiento del Personal No Docente 10/09/2018


Para conocimiento del Personal No Docente:

Por este medio se comunica al Personal No Docente que mediante Resolución de Rectorado Nº 685 del 07/09/2018 se resuelve, reglamentar la caducidad de la Licencia Anual Ordinaria pendiente de usufructo. En tal sentido en su artículo 2° se deja establecido que: los días pendientes de licencia anual ordinaria no usufructuados, correspondientes al período previo al año anterior en cuestión, caducarán de pleno derecho el día 31 de Diciembre de cada año.

Transitoriamente, el artículo 3° dispone el vencimiento al 31/12/2018 de los días pendientes de usufructo de Licencia Anual Ordinaria correspondientes al año 2016 y anteriores conforme las excepciones otorgadas oportunamente al Memorando 013/09.

Por lo expuesto, todos aquellos días pendientes de usufructo correspondientes al  año 2016 y anteriores que no sean gozados antes del 31/12/2018 serán dados de baja, pudiendo gozar hasta el 31/12/2019 los días pendientes de la LAO 2017.

DIRECCIÓN PERSONAL NO DOCENTE, 10 de Septiembre de 2018.